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¿Qué documentos se requieren para viajar a Honduras?

Entre los requisitos para viajar a Honduras como turista, se deben considerar los siguientes documentos:

1- Documento de identificación

Los ciudadanos de Nicaragua, Guatemala y El Salvador, por el Convenio Centroamericano de Libre Movilidad o CA-4, pueden presentar como documento de identificación tanto Documento Nacional de Identificación (DNI) o pasaporte. Mientras ciudadanos de otras nacionalidades, pueden ingresar a Honduras exclusivamente con pasaporte vigente por al menos 6 meses. Se debe tener en cuenta el tipo de visa de turista a solicitar de acuerdo al CA-4.

Exento de Visa

Aquellas extendidas por el funcionario diplomático o consular hondureño, sin requerir autorización de la Secretaría de Relaciones Exteriores, siempre y cuando se verifiquen y validen todos los requisitos que dicha Oficina Consular solicite.

    VISA CONSULAR

  1. Solicitud de visado rellena. Solicitud-Visado-Honduras
  2. Fotocopia del pasaporte vigente.
  3. Constancia bancaria que acredite que es cliente de un banco. Si usted no trabaja, constancia bancaria del cónyuge.
  4. Constancia de trabajo, si usted no trabaja, constancia de trabajo del cónyuge.
  5. Carta de invitación notariada
  6. Fotocopia de residencia extranjera, en caso de tener una.
  7. 2 fotografías tamaño carné
  8. Datos de contacto: teléfono y correo electrónico.
  9. Cualquier otro requisito que solicite la Oficina Consular,el cual irá de acuerdo a cada caso.
  10. Nota

    El visado se coloca en su pasaporte y se entrega el día de la cita. El trámite es personal y presencial. Si se le otorga un visado, esto no garantiza la admisión a Honduras; un funcionario del servicio de Migración y Aduanas en un puerto de entrada tomará la decisión final.

    Costo:

    Visa sencilla (30 días): $30.00

    Visa múltilple (90 días): $60.00

    En la Oficina Consular se le indicará la agencia bancaria donde deberá realizar el

    Visa Consultada

    Es aquella que se expide a extranjeros previa validación del Instituto Nacional de Migración (INM), quien extenderá la autorización escrito, para que la persona extranjera que la solicitó pueda gestionar la solicitud ante cualquier Consulado hondureño. Asimismo, se deberá adjuntar documentación adicional de acuerdo a los requisitos que dicha Oficina solicite.

    Esta puede ser solicitada por:

    Persona natural

      Los requisitos que el peticionario debe cumplir al momento de solicitar una visa consultada, si es una persona natural, son los siguientes:

    1. Solicitud presentada en la Secretaría General del Instituto Nacional de Migración.
    2. Carta poder, con la dirección exacta del abogado número de colegiación número de teléfono fijo de la oficina o de la casa (autenticada)
    3. Acta de responsabilidad, de quien se hace responsable en el país con sus generales, dirección exacta y número de teléfono (esta debe de autenticarse)
    4. Copia fotostática de tarjeta de identidad o carné de residencia del responsable en honduras (autenticado)
    5. Copias fotostáticas legible del pasaporte de la persona para quien se solicita su ingreso (apostillado o autenticado)
    6. Certificado médico del país de origen, (apostillados o autenticados) art. 80 y 81 de la Ley de Migración y Extranjería.
    7. Certificado de antecedentes policiales, penales del país de origen, (apostillados o autenticados).
    8. Croquis de la ubicación exacta donde va a residir el interesado, con una fotografía de la fachada de la casa donde residirá.
    9. Pago de $100.00, por tarifa de visa consultada.-artículo 127, numeral 12 del reglamento de la Ley de Migración y Extranjería.
    10. Constancia de trabajo, acompañada de la planilla del seguro social
    11. Constancia de solvencia económica (la extiende el banco)
    12. Todos los documentos que vienen del exterior deberán presentarse debidamente legalizados y los autorizados en idioma extranjero traducidos oficialmente por la secretaria de relaciones exteriores o en los consulados de honduras.
    13. Solicitud de los documentos necesarios que den soporte a la versión de la entrevista practicada a la persona responsable de la visa, según sea el caso.-
    14. Certificado de matrimonio, debidamente autenticado y traducido al idioma español cuando corresponda, e inscrito el Registro Nacional de las Personas, para acreditar el vínculo matrimonial, cuando este tenga menos de seis meses de haber contraído matrimonio.
    15. Certificado de Nacimiento.- para acreditar la relación de parentesco entre los solicitantes de visa consultada según sea el caso.
    16. para acreditar algún tipo de relación, fotografías, correos electrónicos, registros migratorios, recibos de teléfonos, pudiendo aceptar una de ellas, todas, u otras que el interesado presente y que el investigador considere útil en la investigación.

    Persona jurídica

    Los requisitos que el peticionario debe cumplir al momento de solicitar una visa consultada, si es una persona jurídica (empresa), son los siguientes:

    1. Solicitud presentada en la secretaria general del Instituto Nacional de Migración.
    2. Carta poder, con la dirección exacta del abogado número de colegiación numero de telefónico fijo de la oficina o de la casa (autenticada)
    3. Acta de responsabilidad, de quien se hace responsable en el país con sus generales, dirección exacta y número de teléfono (esta debe de autenticarse)
    4. Copia fotostática de tarjeta de identidad o carné de residencia del responsable en honduras (autenticado)
    5. Copias fotostáticas legible del pasaporte de la persona para quien se solicita su ingreso (apostillado o autenticado)
    6. Certificado médico del país de origen, (apostillados o autenticados) art. 80 y 81 de la ley de migración y extranjería.
    7. Certificado de antecedentes policiales, penales del país de origen, (apostillados o autenticados).
    8. Croquis de la ubicación exacta donde va a residir el interesado, con una fotografía de la fachada de la casa donde residirá.
    9. Pago de $100.00, por tarifa de visa consultada.-artículo 127 numeral 12 del reglamento de la Ley de Migración.
    10. Escritura de constitución, permiso de operación de la alcaldía municipal, constancia de la DEI, RTN, estos documentos deben de estar vigentes. (autenticados)
    11. Presentar estados financieros actualizados, autorizados por contador colegiado.
    12. Solvencia económica de la empresa (constancia de banco).
    13. Acreditar conocimientos técnicos, con títulos, diplomas o certificados si no se ha graduado las Notas, (Autenticados o Apostillados)
    14. Oferta de trabajo o contrato de trabajo, (autenticada)
    15. La persona responsable deberá acreditar su condición de: Representante Legal de la Empresa.

    ¿Cuánto tiempo se puede permanecer como turista?

    Se puede permanecer como turista un máximo de 90 días, prorrogables por 30 días más, solicitando una extensión en el Instituto Nacional de Migración (INM) de Honduras.

    Vacuna contra la Fiebre Amarilla

    ¿A quién se le aplica la vacuna contra la fiebre amarilla?

    Obligatoriamente a todo viajero nacional o extranjero que egrese del país o ingrese de países en riesgo de transmisión de la fiebre amarilla.
    Países con riesgo de transmisión de Fiebre Amarilla, en los que la vacunación contra esta enfermedad es obligatoria:

    Centro América

    Panamá (algunas zonas del país son de riesgo de transmisión)

    América del Sur

    Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Guyana Francesa, Guyana, Perú, Suriname, Venezuela y Paraguay

    África

    Angola, Benin, Burkina Faso, Burundi, Camerún, República Central de África, Chad, Congo, Guinea Ecuatorial, Etiopía, Costa de Marfil, República Democrática del Congo, Gabón, Gambia, Ghana, Liberia, Mali, Mauritania, Guinea, Guinea Bissau, Kenya, Nigeria, Sierra Leona, Senegal, Somalía, Sudan, Tanzania, Uganda Níger, Rwanda, Santo Tomé y Príncipe y Togo

    Aduana

    Al momento de ingresar a Honduras le será entregado un formulario conocido como “Declaración de Equipaje”, donde se debe declarar cualquier artículo que se indique en el documento.

    Los elementos que se pueden ingresar al país sin tener que ser declarados, son bastante similares a cualquier otro destino internacional, aceptándose sin problema artículos de uso personal, en cantidades que no hagan presumir que se importan o exportan con fines comerciales.