Reglamento de Migración y Extranjería de Honduras
Objeto y Ámbito del Reglamento.
El presente reglamento tiene por objeto desarrollar los procedimientos y mecanismos para la aplicación de la ley de migración y extranjería.
Ámbito del Reglamento.
Los alcances del presente reglamento se extenderán a todos los servicios en materia de migración y extranjería, regulando y estableciendo los procedimientos administrativos en esta materia aplicados por la Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización , y el Instituto Nacional de Migración, sin perjuicio de lo establecido en la ley de procedimiento administrativo y la ley de simplificación administrativa.
El presente reglamento desarrollará los procedimientos y requisitos administrativos aplicables a:
- La carrera en servicios migratorios y de extranjería.
- La residencia, permisos especiales de permanencia, calidades y categorías migratorias.
- El registro nacional de extranjeros.
- La naturalización.
- Los documentos migratorios y visas.
- El ingreso y la permanencia.
- La salida y el retorno.
- El rechazo, la deportación, la expulsión y la extradición.
- Tarifas por servicios migratorios y de extranjería.
- Los medios de transporte.
- Infracciones y sanciones.
- Los demás procesos migratorios que se derivan de la aplicación de la ley de migración y extranjería y de los acuerdos, tratados y convenios internacionales.